El Parlamento Europeo ha sido pionero al formular unas recomendaciones sobre la orientación de las normas que gobernarán la inteligencia artificial (IA) y en las que confluyen cuestiones éticas, de responsabilidad civil y de derechos de propiedad intelectual. La propuesta legislativa de la Comisión se espera para principios del año que viene.
En su Resolución, el Parlamento insta a la Comisión Europea a diseñar un nuevo marco jurídico que desarrolle los principios éticos y las obligaciones jurídicas ligados al desarrollo, la implantación y el uso en la Unión de la inteligencia artificial, la robótica u otras tecnologías relacionadas (incluido el software, los algoritmos y los datos).
A lo largo del documento existen referencias a la contratación pública de gran interés, subrayándose su papel catalizador así como la necesidad que este se articule con pleno respeto a las normas éticos. Así, el Parlamento Europeo:
- pide a la Unión que impulse y financie el desarrollo de una inteligencia artificial, de una robótica y de tecnologías conexas antropocéntricas, que aborden los retos medioambientales y climáticos y garanticen el respeto de los derechos fundamentales mediante el recurso a incentivos fiscales, de contratación pública o de otro tipo;
- señala que el desarrollo, el despliegue y el uso de la inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas por las autoridades públicas a menudo se subcontratan a partes privadas; considera que ello no debe hacer peligrar en modo alguno la protección de los valores públicos y los derechos fundamentales; considera que las condiciones de la contratación pública deben reflejar las normas éticas impuestas a las autoridades públicas, cuando proceda;
- subraya que, cuando los fondos procedentes de fuentes públicas contribuyan significativamente al desarrollo, el despliegue o el uso de la inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas, junto con las normas abiertas de licitación y contratación, puede estudiarse la posibilidad de que sean públicos por defecto, previo acuerdo con el desarrollador, el código, los datos generados (en tanto en cuanto no sean personales) y el modelo formado, a fin de garantizar la transparencia, mejorar la ciberseguridad y posibilitar su reutilización, para fomentar la innovación; destaca que, de esta manera, se puede liberar todo el potencial del mercado único evitando la fragmentación del mercado;
- Propone que, en el marco de la coordinación al nivel de la Unión, se elaboren criterios comunes y un procedimiento de solicitud para la concesión de un certificado europeo de conformidad ética, también a raíz de una solicitud de cualquier desarrollador, desplegador o usuario de tecnologías no consideradas de alto riesgo que desee certificar la evaluación positiva de la conformidad que haya llevado a cabo la autoridad nacional de control correspondiente. Considera que este certificado europeo de conformidad ética fomentaría la ética por diseño a lo largo de toda la cadena de suministro de los ecosistemas de inteligencia artificial; sugiere, por tanto, que esta certificación pueda ser, en el caso de las tecnologías de alto riesgo, un requisito previo obligatorio para la admisibilidad en los procedimientos de contratación pública sobre inteligencia artificial, robótica y tecnologías conexas.
