Fuente
BOE
Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, cuyas disposiciones finales séptima y décima afecta a la contratación pública.
- Más información: BOE
El Real Decreto-ley 15/2020 tiene la siguiente incidencia en el ámbito de la contratación pública:
El Real Decreto-ley 15/2020 ha eliminado el primer inciso del art. 159.4.d), sobre el sobre único (doble sobre cuando se valorasen también criterios cuantificables a través de un juicio de valor).
- PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO (DF 7) Se modifica la letra d) del art. 159 LCSP, en el sentido de aclarar que en el procedimiento simplificado rige la misma regla establecida con carácter general en el art. 157.4 LCSP. De esta forma, no será obligatorio realizar un acto público apertura de los sobres o archivos electrónicos cuando en la licitación se empleen medios electrónicos. La referencia a “archivos electrónicos” es igualmente novedosa.
El Real Decreto-ley 15/2020 ha eliminado el primer inciso del art. 159.4.d), sobre el sobre único (doble sobre cuando se valorasen también criterios cuantificables a través de un juicio de valor).
- SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN (DF 10, apartado sexto). Se establece expresamente que los plazos de interposición del recurso especial en materia de contratación no se suspenden si la entidad contratante decide continuar el procedimiento por concurrir uno de los supuestos habilitantes de la Disposición final tercera del RD 463/2020.