El Tribunal Supremo en sentencia 1731/2024 - ECLI:ES:TS:2024:1731, de 15 de marzo de 2024, ha visto el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la concesionaria Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, S.A.U, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de junio de 2022, por el que se resuelven y deniegan determinadas solicitudes de reequlibrio económico por razón del COVID-19.
La extensa y motivada sentencia (Ponente Jose Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat) confirma otras anteriores con igual objeto y similar pretensión indemnizatoria que han sido referidas en este Monitor como la efectuada en 8 de enero de 2024.
En la que ahora nos ocupa la sociedad reclamante gestiona una autopista de titularidad de la Administración General del Estado y su reclamación fue dirigida al Consejo de Ministros.
La STS tiene el interés de resumir, confirmándola, la doctrina anterior del TS interpretativa de las normas de aplicación y la calificación de las mismas. En este sentido, el TS reiterará que, “El adecuado análisis de estas normas exige partir de que tanto el Real Decreto Ley 8/2020 como el Real Decreto Ley 26/2020 son leyes singulares y especiales que se dictan ante una situación extraordinaria de pandemia y que tratan de paliar las consecuencias negativas que ésta y las medidas adoptadas por las diferentes Administraciones públicas para combatirla tuvieron sobre una parte del tejido productivo y su incidencia en los contratos públicos existentes. Este escenario excepcional requiere la adopción de previsiones adecuadas y proporcionales para hacer frente a esta situación que además tiene una vigencia temporal limitada de unos tres meses (desde el 14 de marzo al 21 de junio de 2020).”
La STS vuelve a analizar la aplicabilidad, para negarlo, de las instituciones del riesgo imprevisible o fuerza mayor en relación con el principio de riesgo y ventura.
Respecto algunas cuestiones, la STS amplía los argumentos vertidos en jurisprudencia anterior en atención a la argumentación específica de la concesionaria demandante como la invocada inconstitucionalidad del artículo 25 del Real Decreto-ley 26/2020 por la utilización del parámetro del "margen bruto de explotación" como criterio para establecer cuando concurre una imposibilidad de ejecución de la concesión.
Puede accederse al texto íntegro de la STS aquí.