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Dictamen del Comité de las Regiones sobre la Propuesta de Directiva relativa a la adjudicación de contratos de concesión
27/09/2012
Dictamen publicado el 13 de Septiembre

 EL COMITÉ DE LAS REGIONES:

— constata que las actuales normas en materia de concesiones están formadas por la jurisprudencia y la normativa nacional. Dado que determinadas concesiones pueden influir en el mercado interior, es conveniente que exista una claridad sobre las normas, así como una interpretación y un enfoque uniformes. Por ello, el Comité considera justificado plantear una normativa sobre esta cuestión;

— opina que la Directiva debe referirse a las concesiones que tienen influencia en el mercado interior. Por consiguiente, las concesiones que, en vista de su escaso valor, no afecten al mercado interior, deben poder adjudicarse directamente sin previa convocatoria de licitación;

— opina que son necesarias más aclaraciones sobre la manera en que ha de adjudicarse una concesión. Es preciso encontrar un equilibrio entre claridad -por ejemplo, sobre la forma del anuncio y los plazos-, por un lado, y la libertad de los poderes adjudicadores -por ejemplo, sobre qué criterios quieren manejar-, por otro. Esta claridad ofrece un asidero a los poderes adjudicadores e introduce la debida uniformidad en cuanto a la manera en que los Estados miembros abordan estos temas. El margen de maniobra honra los conocimientos de los poderes adjudicadores sobre sus concesiones y constituye un reconocimiento a la autonomía de los Estados miembros. Los poderes adjudicadores deben tener amplias posibilidades para elegir criterios sociales y sostenibles;

— opina que esta propuesta debe cumplir el principio de subsidiariedad: los entes locales y regionales deben mantener la libertad de elección para decidir realizar ellos mismos las obras o servicios, o bien adjudicarlos a terceros. Si los entes locales y regionales deciden adjudicarlos, podrán determinar libremente el instrumento jurídico a utilizar: una licencia, un contrato público o una concesión

 

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