El artículo 332.11 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) establece que: “la Intervención General de la Administración del Estado, y los órganos equivalentes a nivel autonómico y local, remitirán anualmente a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la contratación (OIRESCON) un informe global, que se hará público dentro del mes siguiente a su recepción, con los resultados más significativos de su actividad de control en la contratación pública”.
El informe se ha estructurado en 4 partes:
- Parte I: actuación de control horizontal en materia de encargos a medios propios realizada por la Intervención General de la Administración del Estado y la Intervención General de la Defensa.
- Parte II: actuaciones realizadas por la Intervención General de la Administración del Estado.
- Parte III: actuaciones realizadas por la Intervención General de la Defensa.
- Parte IV: actuaciones realizadas por la Intervención General de la Seguridad Social.
En relación con cada una de estas partes se establecen recomendaciones de interés.
*Puede consultar más información al respecto en el documento adjunto