Autores: Enrique J. Benítez Palma, Economista. Investigador del Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset (IUIOG). Ex Consejero de la Cámara de Cuentas de Andalucía; y Manuel J. García Rodríguez, Doctor Ingeniero (investigador Univ. de Oviedo). Ingeniero de datos (NTT Data).
El 19 de enero de 2023, el Parlamento Europeo aprobó una Resolución sobre la protección de los intereses financieros de la Unión Europea (Lucha contra el fraude-Informe anual de 2021). En dicha Resolución, y en relación con el fraude y la contratación pública, destacan los siguientes puntos:
- Punto 45: en los asuntos relacionados con los Fondos EIE, las infracciones de las normas sobre contratación pública fueron las irregularidades no fraudulentas denunciadas con mayor frecuencia, pero solo en el 4 % de estos casos se detectó fraude; cree que una mayor transparencia en la contratación pública garantizaría una gestión más cabal de los recursos; considera que reducir las ofertas únicas arrojando luz sobre ellas a través de controles ex post, el fomento de la adopción de sistemas electrónicos de contratación pública y la provisión de formación sobre contratación pública a microempresas y pymes contribuiría a impulsar la participación y a facilitar el escrutinio y los controles públicos, a aumentar la competencia en los contratos públicos y a propiciar un uso más eficiente de los fondos de la Unión en la contratación pública, al tiempo que se reduciría el riesgo de fraude e irregularidades;
- Punto 55: Acoge favorablemente las propuestas de la Comisión sobre el uso obligatorio de un único sistema informático integrado para la extracción de datos y la calificación de riesgos, sobre el alcance y la eficacia ampliados del sistema de detección precoz y exclusión (EDES), y sobre un mayor uso de la digitalización y la tecnología con el fin de reforzar la eficiencia y la calidad de los controles y auditorías; cree que estas medidas consolidarían la respuesta al aumento de los riesgos de irregularidades graves a raíz de la entrega urgente de fondos bajo presión en situaciones de emergencia;
Esta interesante Resolución pone el foco en dos aspectos tratados por los autores de este texto en su trabajo titulado “Prevención del fraude y corrupción en la contratación pública mediante las tecnologías digitales”, que ha obtenido el segundo premio en la III edición del Premio Carlos G. Otero Díaz, convocado por el Consello de Contas de Galicia para promover la investigación en materias relacionadas con la prevención de la corrupción en las administraciones públicas.
En primer lugar, es importante destacar que el propio Parlamento Europeo distingue entre las irregularidades y el fraude. Se trata de una diferenciación necesaria, ya que en el lenguaje periodístico se tiende a confundir ambas cuestiones. Y no son lo mismo. Las irregularidades o los incumplimientos normativos, como han puesto de manifiesto los informes recurrentes que realizan las distintas Instituciones de Control Externo (ICEx), no tienen por qué llevar aparejados la comisión de fraude en el proceso administrativo de la contratación pública. En muchos casos, estas disfunciones obedecen más al desconocimiento de la norma o a la incompleta formación de las personas que componen las mesas de contratación que a una voluntad manifiesta de sortear las garantías legales que deben siempre observarse en estos procesos.
En este sentido, es necesario insistir en una materia que a menudo se olvida en España: el fortalecimiento de la capacidad administrativa. Iniciativas como la del Tribunal de Cuentas, que acaba de publicar un detallado documento (Informe 1.493/2022, de 21 de diciembre) titulado “¿Cuáles son las principales incidencias detectadas con carácter transversal por el Tribunal de Cuentas en sus informes de fiscalización en materia de contratación, principalmente de los servicios de vigilancia y seguridad privada y limpieza?” inciden en esta dirección, al hacer públicas las principales incidencias detectadas para, de esta manera, acometer los procesos internos necesarios en el universo de la contratación pública española para mitigar y corregir estas deficiencias. También dentro del marco del fortalecimiento de la capacidad administrativa de puede situar, por ejemplo, la reciente puesta en marcha de la Plataforma de formación online para gestores del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El trabajo del Tribunal de Cuentas y de los distintos Órganos de Control Externo (OCEx) autonómicos amerita, a juicio de los autores, una mayor coordinación y cooperación entre el organismo encargado por ley de supervisar la contratación pública en España (la OIRESCON) y estas entidades, cuyo conocimiento y experiencia en la fiscalización de los contratos públicos no puede ni debe ser desaprovechado. Esta coordinación no se ha puesto de manifiesto en el Informe Anual de Supervisión de la Contratación Pública de 2022, cuyo módulo IV (“la prevención y lucha contra la corrupción en la contratación pública”) revela que tan sólo se ha solicitado información a las Agencias Antifraude de Cataluña, Valencia e Islas Baleares, así como a la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción del Ayuntamiento de Madrid y el Buzón Ético y de Buen Gobierno del Ayuntamiento de Barcelona.
Como resultado de estas gestiones, el documento de la OIRESCON realiza un detallado análisis de las 154 denuncias recibidas en estas cinco entidades y relacionadas con la contratación pública, destacando a su vez que, de estas 154 denuncias, un total de 47 “han causado la apertura de un procedimiento o expediente de investigación”. Sin embargo, el análisis de estos procedimientos muestra que “ninguna de las 47 denuncias o comunicaciones ha sido comunicadas o remitidas a la fiscalía para su oportuna investigación en ámbito judicial” (paginas 17-18).
En este sentido, y continuando con las recomendaciones en materia de coordinación institucional, es oportuno mencionar la reciente publicación de la Estrategia Nacional de Contratación Pública 2023-2026, que en sus páginas 21 a 29 desarrolla los contenidos para “combatir la corrupción y las irregularidades en la aplicación de la legislación sobre contratación pública”. Un apartado que pone el foco en tres grandes objetivos estratégicos y siete objetivos operativos, a partir del despliegue de 17 actuaciones concretas, siendo la primera de ellas la elaboración de la Estrategia Nacional Antifraude. No está de más recordar que se acomete esta actuación en 2023, siendo la LCSP de 8 de noviembre de 2017.
La segunda gran cuestión que defienden los autores de este texto y del trabajo premiado por el Consello de Cuentas tiene que ver con el uso de las nuevas tecnologías en la detección del fraude en la contratación pública. Así lo dice también en su Resolución el Parlamento Europeo, y así se recoge también en la actuación B.3.3 de la Estrategia Nacional de Contratación Pública ya citada, que consiste en “promover la disposición de unos recursos eficientes y especializados en materia contractual”, para lo que propone, entre otras medidas, “elaborar una estrategia para el desarrollo de nuevas herramientas tecnológicas de apoyo, evaluación y análisis de la contratación”.
Aunque el asunto del uso de la Inteligencia Artificial para combatir el fraude y la corrupción no es pacífico, sin duda se trata de una necesidad que debe ser analizada y abordada. Un buen resumen del uso de nuevas tecnologías en este campo se puede consultar aquí. Asimismo, otras lecturas más críticas con el uso de estas herramientas se pueden leer aquí y aquí. En todo caso, y como se pone de manifiesto en el trabajo premiado, hay una gran carencia de herramientas digitales innovadoras en el ámbito de la contratación y, sin embargo, cada vez es mayor el volumen de expedientes de contratación a gestionar y fiscalizar. Para destacar el valor y utilidad real del big data y la IA, en este artículo de Manuel J. García Rodríguez se pueden consultar tres herramientas desarrolladas por el autor: detectar licitaciones irregulares (pliegos elaborados supuestamente por el adjudicatario), estimar el precio de adjudicación y predecir un grupo de empresas que puedan llevar a cabo una licitación.
En conclusión, los autores abogan por una mayor coordinación y cooperación entre las instituciones con competencias en el control y fiscalización de la contratación pública, y por el uso de las nuevas tecnologías para combatir el fraude y prevenir la corrupción en la contratación pública. Un mayor fortalecimiento de la capacidad administrativa en la gestión de los fondos públicos debe ir acompañada del fortalecimiento de la capacidad administrativa de control y fiscalización de los mismos, lo que supone racionalizar las funciones de supervisión y dotar de los medios adecuados a todos los organismos públicos implicados en esta importante tarea.