Las concesiones de obras y servicios constituyen una técnica de colaboración público-privada de enorme impacto en la economía, particularmente en épocas de crisis, en la medida que permite allegar financiación privada para la ejecución de políticas públicas. Esta modalidad contractual ha jugado un papel relevante en el desarrollo económico del país en el último siglo, facilitando la ejecución de las grandes infraestructuras y la implantación de los más relevantes servicios públicos económicos, contribuyendo con ello a su modernización.
Desde el punto de vista jurídico, cuentan con una larga tradición en nuestro derecho, del que constituyen dos grandes hitos la Instrucción de Obras Públicas de 1845 y el Estatuto municipal de Calvo Sotelo de 1924. El éxito en el pasado de las concesiones ha estado vinculado al modelo económico diseñado por el legislador, que se fundamentaba en dos principios básicos: remuneración suficiente del concesionario y equilibrio económico-financiero del contrato. De este modo se incentivaba la participación pública a costa de limitar los riesgos de explotación.
Esta configuración de las concesiones cambia como consecuencia de la legislación y jurisprudencia europeas. El proceso de transformación llega a su culmen con las Directivas de contratación de 2014 y, en particular, con la Directiva 2014/23/UE, relativa a la adjudicación de contratos de concesión, que opera tanto un cambio nominal (concesiones de obras y servicios) como de fundamento (traslación al concesionario del riesgo operacional).
Las vigente regulación responde a nuevos valores y equilibrios de intereses, que giran en torno a la libre competencia y a la estabilidad de las cuentas pública. La combinación de las normas que rigen unas y otras explica la regulación actual de las concesiones; lo que ha terminado por provocar un desplazamiento o arrumbamiento de los valores que tradicionalmente regían la colaboración público-privada en nuestro país.
Para entender bien el significado y alcance de las Directiva de concesiones de 2014 es necesario analizar la situación previa, los motivos de su aprobación y los cambios que introduce en esta materia.