Desarrollar con profesionalidad cualquier actividad requiere de los sujetos, no solo aptitud, sino también una actitud proactiva. Por ello es necesario atender al aspecto más subjetivo de la profesionalización de la contratación pública: cómo lograr la implicación y el compromiso de los compradores públicos con los objetivos de la compra publica responsable y eficiente.
La calidad de las Administraciones es un elemento fundamental del éxito socioeconómico de un país que va a depender, de forma decisiva, de que sus Administraciones sean fuertes y agiles, capaces de entender y satisfacer las necesidades de los ciudadanos y empresas, y de adaptarse a los cambios de la economía y de la sociedad. Unas Administraciones construidas sobre una base sólida: éticas, eficientes, eficaces y responsables, que no sólo hagan “lo correcto”, sino que sean “facilitadoras” del progreso económico y social. A su vez, la profesionalidad de los servidores públicos influye de manera sustancial en la calidad de los servicios.
Los principios y valores son los fundamentos de la buena gobernanza, modelando el comportamiento en la administración pública, y establecen una dirección clara para la organización y para los servidores públicos. Es fundamental disponer de un personal, no solo, altamente cualificado, sino alineado con los objetivos de la organización, con una fuerte vocación de servicio público, integro, comprometido y motivado, a fin de que desarrolle sus potencialidades y responda a las expectativas de la sociedad.
Obviamente, el grado de compromiso e implicación del servidor público con los valores de la organización y la calidad del servicio va a depender en gran medida de su actitud personal, pero también es cierto que la organización tiene una gran responsabilidad en conseguir que su personal este comprometido y motivado, y la codificación de los principios y valores es una actuación necesaria.
Cada Administración tiene su propio conjunto de valores dentro del marco general de los principios por los que debe regirse la actividad pública. Esos valores, que no son solo éticos, se manifiestan de forma implícita en la ejecución de las políticas y en la prestación de los servicios públicos.
Codificar los principios y valores de una Administración les da enfoque, estructura y visibilidad, evitando la falta de coherencia o la incertidumbre en el actuar, asegurando que todos los funcionarios públicos los conocen y son conscientes de ellos. Es fundamental que se trate de valores generalmente aceptados, y por tanto dotados de una cierta estabilidad, no sujetos a los vaivenes políticos. Además, deben de ser efectivamente adoptados y aplicados. Las declaraciones y códigos deben ir acompañados de actuaciones de respaldado y de mecanismos de supervisión para alinear a los funcionarios con esos sistemas de valores.
Los principios de Legalidad, Imparcialidad, Transparencia, Eficiencia, Eficacia, Sostenibilidad y Rendición de cuentas son elementos estructurales de la actuación de las Administraciones Públicas. En el ámbito de la contratación pública estos principios estructurales tienen su reflejo en el artículo 1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público que declara:
La presente Ley tiene por objeto regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores; y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, y el principio de integridad, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.
A su vez, el Estatuto Básico del Empleado Público establece un Código de Conducta con los deberes de los empleados públicos. Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.
Centrándonos en el personal que participa en la contratación pública, la integración del Código de Conducta de los empleados públicos con los principios rectores de la contratación pública delimitaría el marco en el que debe moverse la actuación del comprador público. Resulta conveniente establecer en cada Administración un código deontológico que recoja el conjunto de valores, apoyados en la ética profesional, que formulan y asumen quienes intervienen en la contratación pública. No se trata de una visión desde la óptica exclusiva de la integridad, sino desde el derecho de los ciudadanos a la buena administración.
Aunque la elaboración de un Código deontológico del comprador público debería ser desarrollada en cada institución, mediante la participación del personal, resulta interesante partir de la propuesta de la Guía de Integridad en la Contratación Pública Local editada por la Federación española de Municipios y Provincias que recoge un esquema básico a la luz de los principios generales que deben regir la actuación de un empleado público y de los principios de la compra pública, que estaría integrado por los siguientes valores:
- Legalidad: desempeño de las funciones del puesto de acuerdo con las Leyes, y demás normas de aplicación
- Satisfacción del interés público: buscar siempre, solo y exclusivamente la satisfacción del interés público.
- Lealtad y buena fe: actuar conforme a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que preste sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos
- Defensa de la competencia: comunicar inmediatamente a la autoridad competente cuando se tenga conocimiento de comportamientos que tengan por objeto o puedan causar el efecto de prevenir, restringir o distorsionar la competencia.
- Eficiencia: actuar con responsabilidad, profesionalidad, diligencia y la dedicación necesaria para asegurar que los recursos destinados a los contratos públicos sean utilizados eficientemente y con la máxima eficiencia posible, desde la perspectiva de obtener la mejor calidad-precio. Realizar evaluaciones periódicas de la compra pública.
- Utilización estratégica de la contratación: tener en cuenta la posibilidad de incorporar objetivos de interés general a la contratación pública, tales como la responsabilidad social empresarial, la sostenibilidad, el acceso de la pequeña y mediana empresa y la innovación, de acuerdo con la materia del contrato y las leyes de la contratación pública. En especial, tratar de configurar los expedientes de contratación de la manera más socialmente responsable posible. Entre las previsiones para este fin, se recomienda determinar el precio de licitación teniendo en cuenta que las proposiciones contractuales puedan tener debidamente en cuenta las condiciones laborales y salariales establecidas en los convenios colectivos de los trabajadores que vayan a ejecutar el contrato
- Integridad: comportarse de manera éticamente ejemplar, lo que requiere en todos los casos observar los siguientes comportamientos:
a) actuar de forma honesta, objetiva e imparcial; garantizar la neutralidad y la igualdad de trato; abstenerse de aceptar regalos, y rechazar cualquier beneficio en interés privado derivado de la intervención directa o indirecta en un expediente de contrato público.
b) evitar acciones u omisiones que puedan generar apariencias inadecuadas o que puedan afectar negativamente a la credibilidad del público hacia la aplicación de los principios que deben inspirar los contratos públicos.
c) informar lo antes posible a las instancias y órganos competentes de cualquier incumplimiento del código o de la violación de normas que puedan ser sancionadas penalmente o administrativamente en aplicación del marco normativo vigente.
- Profesionalización: que comprende
a) mantener actualizada su formación y cualificación
b) trabajar de forma continuada en el conocimiento de las normas de contratación y de los mercados en que se desarrolla su actividad.
c) participar en programas de perfeccionamiento profesional, que sirvan para el buen desarrollo y mejora de tu trabajo.
d) cooperar con aquellas organizaciones e instituciones que trabajan en la proyección y consolidación del prestigio de la función del comprador público.
- Transparencia: ajustar el desempeño de sus funciones al principio de transparencia y facilitara el acceso de los ciudadanos y de las empresas a la información contractual, con sólo las limitaciones establecidas en la ley. En especial velaran porque todas las condiciones y modalidades del procedimiento de licitación estén formuladas de forma clara, precisa e inequívoca en el anuncio de licitación y en el pliego de condiciones.
- Confidencialidad: mantener la máxima confidencialidad con respecto a los hechos e información que conozcan en el desempeño de su trabajo.
- Diligencia: Cumplir con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolver dentro de plazo los procedimientos o tramites de su competencia.