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ObCP - Opinión
Guía sobre el contenido de los pliegos reguladores de los contratos financiados con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

La incorporación de criterios sobre igualdad de mujeres y hombres en la contratación pública ha tenido poca relevancia práctica hasta el momento. Ahora que la pandemia COVID-19 ha agravado la brecha de género y que la igualdad de mujeres y hombre será uno de los ejes que guiarán la recuperación debería producirse un avance en la utilización de los criterios de igualdad en los contratos públicos, pero para ello es necesario elaborar una estrategia.

28/01/2022

A los contratos financiados con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) les resultan de aplicación, además de las normas generales sobre contratación pública, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y sus normas de desarrollo, que hasta el momento son la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

 

Específicamente, en los contratos financiados con cargo al PRTR deben tenerse en cuenta los principios de gestión específicos del Plan, relacionados en el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021:

 

  • Concepto de hito y objetivo, así como los criterios para su seguimiento y acreditación del resultado.
  • Etiquetado verde y etiquetado digital.
  • Análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el medioambiente (Do no significant harm, DNSH), seguimiento y verificación de resultado sobre la evaluación inicial.
  • Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
  • Compatibilidad del régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación.
  • Identificación del perceptor final de los fondos, sea como adjudicatario de un contrato o subcontratista.
  • Comunicación.

 

La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado ha aprobado la Instrucción de 23 de diciembre de 2021 sobre aspectos a incorporar en los expedientes y en los pliegos rectores de los contratos que se vayan a financiar con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

 

Este breve artículo pretende servir de base para que los gestores de contratos públicos conozcan el contenido específico de los pliegos, en especial de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), que regirán estos contratos y las obligaciones asociadas a su gestión.

 

I.    Régimen jurídico del contrato

 

A estos contratos les resultan de aplicación, además de las normas generales sobre contratación pública, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y cuantas normas de desarrollo se aprueben.

 

II.    Concepto de hito y objetivo, así como los criterios para su seguimiento y acreditación del resultado.

 

El PRTR tiene 4 ejes transversales: transformación ecológica, transformación digital, cohesión social y territorial, e igualdad de género que se incorporan a las 10 políticas palanca que a su vez se dividen en 30 componentes (CID).

 

Para cada componente se fijarán hitos y objetivos por el Ministerio correspondiente (entidad decisora), y esos hitos y objetivos se tendrán que cumplir por las entidades ejecutoras. Las entidades ejecutoras darán la información sobre los hitos y objetivos marcados a través del sistema informático de control regulado en la Orden HFP/1030/2021.

 

A continuación, se enumeran las palancas y componentes del PRTR:

 

  • PALANCA I. Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura
  • Componente 1: Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos
  • Componente 2: Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana
  • Componente 3: Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero
  • PALANCA II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes
  • Componente 4: Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad
  • Componente 5: Preservación del litoral y recursos hídricos
  • Componente 6: Movilidad sostenible, segura y conectada
  • PALANCA III. Transición energética justa e inclusiva
  • Componente 7: Despliegue e integración de energías renovables
  • Componente 8: Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento
  • Componente 9: Hoja de ruta del hidrógeno renovable y su integración sectorial
  • Componente 10: Estrategia de Transición Justa
  • PALANCA IV. Una Administración para el siglo XXI
  • Componente 11: Modernización de las Administraciones públicas
  • PALANCA V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora
  • Componente 12: Política Industrial España 2030
  • Componente 13: Impulso a la pyme
  • Componente 14: Plan de modernización y competitividad del sector turístico
  • Componente 15: Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G
  • PALANCA VI. Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud
  • Componente 16: Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial
  • Componente 17: Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación
  • Componente 18: Renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud
  • PALANCA VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades
  • Componente 19: Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)
  • Componente 20: Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional
  • Componente 21: Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0 a 3 años
  • PALANCA VIII. Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo
  • Componente 22: Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión
  • Componente 23: Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo
  • PALANCA IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte
  • Componente 24: Revalorización de la industria cultural
  • Componente 25: España hub audiovisual de Europa (Spain AVS Hub)
  • Componente 26: Plan de fomento del sector del deporte
  • PALANCA X. Modernización del sistema fiscal para un crecimiento inclusivo y sostenible
  • Componente 27: Medidas y actuaciones de prevención y lucha contra el fraude fiscal
  • Componente 28: Adaptación del sistema impositivo a la realidad del siglo XXI
  • Componente 29: Mejora de la eficacia del gasto público
  • Componente 30: Sostenibilidad a largo plazo del sistema público de pensiones en el marco del Pacto de Toledo

 

En los pliegos, podría ser en el Pliegos de Prescripciones Técnicas, es conveniente incluir una referencia a los hitos y objetivos que se han de cumplir, a los plazos temporales para su cumplimiento y a los mecanismos establecidos para su control. En el PCAP podrán preverse penalidades y causas de resolución del contrato con el fin de garantizar su cumplimiento. En especial, adaptar las causas de resolución del contrato previstas en las letras d) y f) del artículo 211 de la LCSP).

 

III.    Etiquetado verde y etiquetado digital y análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el medioambiente (Do no significant harm, DNSH).

 

Se entiende por etiquetado el reconocimiento del peso relativo de los recursos previstos para la transición ecológica y digital, que se concreta a nivel agregado respectivamente en el 39,7 % y el 28,2 % de la dotación total del PRTR. Cada proyecto y subproyecto debe determinar su aportación a estos objetivos y esta información debe de constar en el expediente.

 

El Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia incluye los conceptos a computar, por ejemplo, para el etiquetado digital asigna a una actuación consistente en “Soluciones de TIC para la Administración, servicios electrónicos, aplicaciones” un coeficiente para el cálculo de la ayuda a la transición digital del 100%.

 

Además, ninguna de las medidas de ejecución incluidas en el PRTR puede causar un perjuicio significativo (DNSH) a los seis objetivos medioambientales:

 

a) Mitigación del cambio climático;
b) adaptación al cambio climático;
c) uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos;
d) transición hacia una economía circular;
e) prevención y control de la contaminación;
f) protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

 

En los pliegos se habrá de incluir necesariamente una referencia al preceptivo cumplimiento de las obligaciones asumidas en materia de etiquetado verde y etiquetado digital y los mecanismos establecidos para su control, así como al preceptivo cumplimiento de las obligaciones asumidas por la aplicación del principio de no causar un daño significativo y las consecuencias en caso de incumplimiento.

 

Será oportuno prever como causa de modificación del contrato la orden de la Autoridad Responsable para adoptar medidas correctoras en estos puntos.

 

El Pliego debe incluir la obligación para contratista y subcontratista de aportar el compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión de acuerdo con el modelo del anexo IV.C de la Orden HAC/1030/2021. Este compromiso se refiere, entre otras cuestiones, al respeto de los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente.

 

IV.    Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

 

Es obligatorio para los órganos gestores, la evaluación de riesgo de fraude, la cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) y la disponibilidad de un procedimiento para abordar conflictos de intereses. Toda entidad decisora o ejecutora tendría que haber aprobado antes del 31 de diciembre de 2021 un Plan de medidas antifraude.

 

La DACI, cuyo modelo se recoge en el Anexo VI A de la Orden HFP/1030/2021, la deben cumplimentar todos los intervinientes en el contrato: titular del órgano de contratación, los que participen en la redacción de los pliegos del contrato (tanto el de cláusulas administrativas particulares como el de prescripciones técnicas), los miembros de las mesas o unidades, miembros del comité de expertos, técnicos que elaboren los informes de valoración en el seno del contrato. También tienen que presentar la DACI el contratista en el momento de la formalización o inmediatamente después, y todos los subcontratistas.

 

En el caso de órganos colegiados dicha declaración se realizará, por una sola vez para cada licitación, al inicio de la primera reunión y se dejará constancia en el acta.

 

En los pliegos se habrá de incluir necesariamente una referencia expresa a la obligatoria aplicación al contrato en cuestión del plan de medidas antifraude aprobado.

 

Asimismo, en los pliegos se habrá de incluir necesariamente la obligación de cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) por todas las personas obligadas a ello. Se recomienda que se prevean penalidades para el incumplimiento de las obligaciones relativas a comunicación de conflictos de intereses. Todas las DACI cumplimentadas por los intervinientes en la licitación por parte del órgano de contratación y las de contratistas y subcontratistas cuando se obtengan deberán constar en el expediente de contratación.

 

El Pliego debe incluir la obligación para contratista y subcontratista de aportar el compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión de acuerdo con el modelo del anexo IV.C de la Orden HAC/1030/2021. Este compromiso se refiere al cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.

 

En el expediente se hará referencia a la disponibilidad de un procedimiento para abordar conflictos de intereses y fraudes, siendo suficiente una mención a tal disponibilidad, sin necesidad de incluir el documento que contenga ese procedimiento.

 

V.    Compatibilidad del régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación.

 

La ejecución del PRTR debe respetar los límites establecidos en relación con las ayudas de Estado y la prevención de la doble financiación. 

 

Las entidades que participen en la ejecución del PRTR deben aplicar procedimientos que permitan asegurar en todo momento el pleno respeto a la normativa relativa a las Ayudas de Estado, así como garantizar la ausencia de doble financiación.

 

A este fin, en el anexo II.B.6 Orden HAC/1030/2021 se recoge un cuestionario de autoevaluación relativa al estándar mínimo, y en el anexo III.D una referencia orientativa para facilitar el cumplimiento de los requerimientos sobre la compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación.

 

En el expediente debe dejarse constancia de la verificación por el órgano gestor de la ausencia de doble financiación del contrato.

 

El Pliego debe incluir la obligación para contratista y subcontratista de aportar el compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión de acuerdo con el modelo del anexo IV.C de la Orden HAC/1030/2021, manifestando que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.

 

VI.    Identificación del perceptor final de los fondos, sea como adjudicatario de un contrato o subcontratista.

 

El Pliego debe informar específicamente al contratista (y al subcontratista si es que existe) de su obligación de aportar esta información al órgano de contratación:

 

  • NIF del contratista o subcontratistas.
  • Nombre o razón social.
  • Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, de los subcontratistas.
  • Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
  • Información relativa al titular real del beneficiario final de los fondos en la forma prevista en el artículo 10 de la Orden HFP/1031/2021. Se entiende como «titular real»: la persona o personas físicas que tengan la propiedad o el control en último término del contratista y subcontratista.

 

Asimismo, el contratista debe aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, aspecto que se plasmará en el Pliego con la obligación de suscribir la declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) cuyo modelo recoge el anexo IV.B de la Orden HAC/1030/2021.

 

VII.    Comunicación.

 

En los pliegos se ha de hacer constar el obligado cumplimiento de los compromisos en materia de comunicación, encabezamientos y logos que se contienen en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021.

 

VIII.    Otras cuestiones que deben constar en los pliegos

 

  • La sujeción a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea y el derecho de estos órganos al acceso a la información sobre el contrato.
  • La obligación del contratista de conservación de la documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento Financiero Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, que dispone que los perceptores mantendrán un registro y conservarán los documentos justificativos, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación. Este período será de tres años si la financiación es de un importe inferior o igual a 60.000 EUR.

 

IX.    Momento en que deben exigirse a licitadores, contratistas y subcontratistas las declaraciones y compromisos. 

 

Los licitadores aportan la documentación en el momento de presentar sus proposiciones o en el requerimiento previo al licitador que ha presentado la mejor oferta de acuerdo con lo que regula la LCSP.

 

En los contratos financiados por el PRTR, el contratista deberá aportar la DACI, los compromisos de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión de acuerdo con el modelo del anexo IV.C de la Orden HAC/1030/2021, y la declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) cuyo modelo recoge el anexo IV.B de la Orden HAC/1030/2021 en el momento de la formalización o inmediatamente después.

 

Esta documentación también deberá ser presentada por las empresas a las que el licitador haya acudido para completar su solvencia.

 

En cuanto a los subcontratistas esa documentación deberá a portarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 215 LCSP junto al resto de la documentación que exige este artículo.

Colaborador